Sentencia Social Nº 2008/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenc... 18 de Junio de 2008
Sentencia Social Nº 2008/...io de 2008

Última revisión
18/06/2008

Sentencia Social Nº 2008/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2903/2007 de 18 de Junio de 2008

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Orden: Social

Fecha: 18 de Junio de 2008

Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana

Ponente: LLUCH CORELL, FRANCISCO JAVIER

Nº de sentencia: 2008/2008

Nº de recurso: 2903/2007

Núm. Cendoj: 46250340012008102060

Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto por una empresa a la que se había sancionado con un recargo de prestaciones, y que alegaba que la conducta temeraria del trabajador había sido el detonante de su accidente laboral. La imprudencia temeraria, a la luz de lo dispuesto en el artículo 115 de la LGSS se diferencia de la imprudencia profesional en que esta última especie de imprudencia, que no rompe el nexo causal entre la lesión y el trabajo, es consecuencia del ejercicio habitual del trabajo y se deriva de la confianza que éste inspira por la repetición de unos mismos actos. Por su parte, la imprudencia temeraria presupone una conducta en la que su autor asume riesgos manifiestos, innecesarios y especialmente graves ajenos al usual comportamiento de las personas.

Voces

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Trabajador accidentado

Intervención de abogado

Responsabilidad

Prevención de riesgos laborales

Riesgos laborales

Imprudencia profesional

Daño efectivo

Lesividad

Deber empresarial de protección

Accidente laboral

Recargo de prestaciones