Sentencia Social Nº 2008/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenc... 18 de Junio de 2008
Última revisión
Sentencia Social Nº 2008/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2903/2007 de 18 de Junio de 2008
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 18 de Junio de 2008
Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana
Ponente: LLUCH CORELL, FRANCISCO JAVIER
Nº de sentencia: 2008/2008
Nº de recurso: 2903/2007
Núm. Cendoj: 46250340012008102060
Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto por una empresa a la que se había sancionado con un recargo de prestaciones, y que alegaba que la conducta temeraria del trabajador había sido el detonante de su accidente laboral. La imprudencia temeraria, a la luz de lo dispuesto en el artículo 115 de la LGSS se diferencia de la imprudencia profesional en que esta última especie de imprudencia, que no rompe el nexo causal entre la lesión y el trabajo, es consecuencia del ejercicio habitual del trabajo y se deriva de la confianza que éste inspira por la repetición de unos mismos actos. Por su parte, la imprudencia temeraria presupone una conducta en la que su autor asume riesgos manifiestos, innecesarios y especialmente graves ajenos al usual comportamiento de las personas.
Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Trabajador accidentado
Intervención de abogado
Responsabilidad
Prevención de riesgos laborales
Riesgos laborales
Imprudencia profesional
Daño efectivo
Lesividad
Deber empresarial de protección
Accidente laboral
Recargo de prestaciones
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