Sentencia Social Nº 2133/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3430/2007 de 25 de Junio de 2008
- Orden: Social
- Fecha: 25 de Junio de 2008
- Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana
- Ponente: Moreno De Viana-cardenas, Isabel
- Núm. Sentencia: 2133/2008
- Núm. Recurso: 3430/2007
- Núm. Cendoj: 46250340012008102243
Se desestima el recurso de suplicación presentado por el INSS en autos sobre incapacidad. La controversia radica sobre el momento en que comienzan los efectos de una incapacidad permanente tras un periodo de incapacidad temporal. La Sala recuerda que el artículo 131 bis 3 de la LGSS establece que los efectos de la incapacidad temporal se prorrogarán hasta el momento de la calificación de la invalidez permanente, en cuya fecha se iniciarán las prestaciones económicas de ésta, salvo que las mismas sean superiores a las que venía percibiendo el trabajador, en cuyo caso se retrotraerán aquellas al momento en que se haya agotado la incapacidad temporal. En la sentencia sólo consta que la actora inició una incapacidad temporal que se extinguió tras declararse la incapacidad permanente, por lo que sería en esa última fecha desde donde se situarían efectos de la prestación, o en su defecto, el último día del mes año.
Ver el documento
" Sentencia Social Nº 2133/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3430/2007 de 25 de Junio de 2008
"
¡Es gratis!
- Accede a más de 4.000.000 documentos
- Localiza la información que necesitas