Sentencia Social Nº 23/2005, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 00099/2004 de 28 de Febrero de 2005
- Orden: Social
- Fecha: 28 de Febrero de 2005
- Tribunal: Audiencia Nacional
- Ponente: Jimenez Sanchez, Guillermo
- Núm. Sentencia: 23/2005
- Núm. Recurso: 00099/2004
- Núm. Cendoj: 28079240012005100100
- Núm. Ecli: ES:AN:2005:7669
Se desestima demanda interpuesta ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, sobre impugnación de convenio colectivo. Se determina que los requisitos procesales o de procedibilidad deben ser valorados con un criterio finalista, pues el requisito de reclamación administrativa previa tiene la finalidad de dar a conocer a las personas jurídicas demandadas la existencia de un propósito de litigar para que, en su caso, consideren la posibilidad de evitar el litigio o puedan preparar su defensa. La finalidad del trámite de conciliación administrativa a los procesos frente a personas jurídicas privadas es equivalente a la finalidad de la reclamación administrativa, y en el presente caso, el intento de conciliación que fue acompañado de reclamación previa a la demandada, cumplió la finalidad de puesta en conocimiento del litigio, y de asignación a la misma de un margen de tiempo para conocer su posible interposición o considerar su evitación. Concluido el interés preprocesal de conocimiento y evitación del litigio, la solución de cerrar en la instancia la vía de la acción supondría un perjuicio a los intereses de la parte demandante que no resulta proporcionado a la entidad de la irregularidad cometida.
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