Última revisión
Sentencia Social Nº 233/2004, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 2413/2003 de 20 de Enero de 2004
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Orden: Social
Fecha: 20 de Enero de 2004
Tribunal: TSJ Andalucia
Ponente: HERNANDEZ RUIZ, LUIS
Nº de sentencia: 233/2004
Núm. Cendoj: 18087340022004100145
Núm. Ecli: ES:TSJAND:2004:427
Resumen
El TSJ confirma la improcedencia de resolución del S.A.S., que imponía a trabajadora demandante la obligación de pasar consulta externa de Dermatología en cierto Centro de Salud, con la periodicidad cíclica correspondiente, al desestimar recurso interpuesto por la entidad empleadora. Concluye el Tribunal que la prestación sanitaria especializada se efectúa dentro de las Áreas Hospitalarias, y, como la actora es titular de una plaza de Facultativa Especialista en el Área de Dermatología en el Centro Médico Quirúrgico que pertenece al Área de Salud de la Provincia de Granada, a la cual no pertenece al que se pretende el desplazamiento, no puede la actora ser obligada a desplazarse a este pueblo de la Provincia de Jaén una de cada cinco semanas, al no estar acreditado que existan circunstancias excepcionales para ello.
Voces
Puesto de trabajo
Condiciones de trabajo
Encabezamiento
M.R.O.
SECCIÓN SEGUNDA
SENT. NÚM. 233/2004
ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA
ILTMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ
ILTMO. SR. D. JULIO ENRÍQUEZ BRONCANO
MAGISTRADOS
En la ciudad de Granada a …
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