Sentencia Social Nº 233/2...ro de 2004

Última revisión
20/01/2004

Sentencia Social Nº 233/2004, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 2413/2003 de 20 de Enero de 2004

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Orden: Social

Fecha: 20 de Enero de 2004

Tribunal: TSJ Andalucia

Ponente: HERNANDEZ RUIZ, LUIS

Nº de sentencia: 233/2004

Núm. Cendoj: 18087340022004100145

Núm. Ecli: ES:TSJAND:2004:427

Resumen
El TSJ confirma la improcedencia de resolución del S.A.S., que imponía a trabajadora demandante la obligación de pasar consulta externa de Dermatología en cierto Centro de Salud, con la periodicidad cíclica correspondiente, al desestimar recurso interpuesto por la entidad empleadora. Concluye el Tribunal que la prestación sanitaria especializada se efectúa dentro de las Áreas Hospitalarias, y, como la actora es titular de una plaza de Facultativa Especialista en el Área de Dermatología en el Centro Médico Quirúrgico que pertenece al Área de Salud de la Provincia de Granada, a la cual no pertenece al que se pretende el desplazamiento, no puede la actora ser obligada a desplazarse a este pueblo de la Provincia de Jaén una de cada cinco semanas, al no estar acreditado que existan circunstancias excepcionales para ello.

Voces

Puesto de trabajo

Condiciones de trabajo

Encabezamiento

M.R.O.

SECCIÓN SEGUNDA

SENT. NÚM. 233/2004

ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA

ILTMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ

ILTMO. SR. D. JULIO ENRÍQUEZ BRONCANO

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a …