Sentencia Social Nº 243/2004, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, ... 04 de Marzo de 2004
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Sentencia Social Nº 243/2004, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 243/2004 de 04 de Marzo de 2004
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 04 de Marzo de 2004
Tribunal: TSJ Castilla y Leon
Ponente: BENITO LOPEZ, MANUEL MARIA
Nº de sentencia: 243/2004
Nº de recurso: 243/2004
Núm. Cendoj: 47186340012004100477
Resumen
El TSJ revoca la sentencia recurrida y declara la improcedencia del despido de trabajador actor. Recoge la sentencia que, los términos de ambos correos electrónicos, el segundo aclaratorio del primero, se reconducen en definitiva a exponer el malestar del actor por el escaso reconocimiento, a su juicio, tanto de su labor como de la de otros trabajadores del departamento del que era responsable, y las comparativas sobre diferencias retributivas con los encargados o responsables de otros departamentos o secciones se basan en datos que obtiene de los Tc2 que se exponen en el tablón de anuncios y pueden ser consultados por todo el personal de ACL, y se hacen siempre en tono respetuoso y sin menospreciar la labor de aquellos, reivindicando únicamente que se reconozca la propia; y lo restante, son meras alusiones, si se quiere algo pretenciosas, a su capacidad, formación, dedicación y responsabilidad, que entiende no valoradas adecuadamente por la empresa; mas ni se utiliza en tales correos un tono conminatorio, ni de su contexto y contenido se advierte una finalidad tendenciosa o dirigida a alterar la paz social, a generar discordia entre el personal o a perjudicar a la empresa; por lo mismo, no cabe reputar tal actuación como desleal ni transgresora de los deberes inherentes a la buena fe contractual.
Voces
Responsabilidad
Despido nulo
Despido procedente
Despido disciplinario
Documentos de cotización
Complemento ad personam
Garantía de indemnidad
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
Derechos en materia laboral
Representación de los trabajadores
Buena fe contractual
Convenio colectivo de empresa
Despido improcedente
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