Sentencia Social Nº 247/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l... 19 de Abril de 2004
Sentencia Social Nº 247/2...il de 2004

Última revisión
19/04/2004

Sentencia Social Nº 247/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 6, Rec 521/2004 de 19 de Abril de 2004

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Orden: Social

Fecha: 19 de Abril de 2004

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: CEA AYALA, BENEDICTO

Nº de sentencia: 247/2004

Nº de recurso: 521/2004

Núm. Cendoj: 28079340062004100149

Resumen
No sirve, como prueba de conclusión de la última obra, el acuerdo que se reproduce en el revisado párrafo 2º del hecho probado 2º, pues ni hay constancia en autos que las obras en las que trabajó el actor hubiesen sido subcontratadas entre ambas empresas, ni tampoco, y de haber sido así, el acuerdo "rescisorio" entre ambas entidades justificaría la extinción del contrato, ya que, y conforme a reiterada doctrina -entre otras, STS de 8-06-1999, rec. 3009/1998-, para que pueda operar dicha extinción es preciso que la terminación de la contrata opere por causa distinta de la voluntad del contratista, lo que no es el caso de autos.

Voces

Finiquito

Convenio colectivo

Despido improcedente

Contrato de trabajo de duración determinada

Contrato fijo de obra

Días naturales

Negocio jurídico

Fin de la obra

Contrato de Trabajo