Última revisión
11/06/2020
Sentencia SOCIAL Nº 257/2020, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 193/2018 de 17 de Marzo de 2020
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 17 de Marzo de 2020
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MORALO GALLEGO, SEBASTIAN
Nº de sentencia: 257/2020
Nº de recurso: 193/2018
Núm. Cendoj: 28079140012020100209
Núm. Ecli: ES:TS:2020:1181
Núm. Roj: STS 1181:2020
Resumen
Convenio colectivo del sector ETTs. Permisos retribuidos: días naturales o laborables. Dies a quo para el cómputo de los permisos cuando el hecho causante coincide en festivo para el trabajador. Debe ser el primer día laborable siguiente. En el permiso por matrimonio, cuando la celebración tiene lugar en festivo, se inicia el primer día laborable siguiente al de la ceremonia. Se estiman los recursos de los sindicatos y se desestima el de la asociación empresarial
Voces
Convenio colectivo
Permiso laboral retribuido
Días naturales
Sindicatos
Empresas de trabajo temporal
Vacaciones
Dies a quo
Proceso de conflicto colectivo
Contrato de Trabajo
Permiso por matrimonio
Jornada laboral
Actividad laboral
Conciliación de la vida personal, familiar y laboral
Puesto de trabajo
Permiso de paternidad
Calendario laboral
Descanso semanal
Ver el documento "Sentencia SOCIAL Nº 257/2020, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 193/2018 de 17 de Marzo de 2020"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas