Sentencia Social Nº 28/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo... 19 de Enero de 2004
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Sentencia Social Nº 28/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 6, Rec 6313/2003 de 19 de Enero de 2004
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 19 de Enero de 2004
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: DURANTEZ CORRAL, CONRADO
Nº de sentencia: 28/2004
Nº de recurso: 6313/2003
Núm. Cendoj: 28079340062004100174
Resumen
En un supuesto como el de autos, es criterio de la Sala el considerar como bastante y suficiente el trámite conciliatorio previo instado en lugar de la vía previa que ortodoxamente hubiera sido la apropiada y adecuada, basando tal decisión, en la tendencia permisiva que sobre tal disyuntiva procesal ha venido elaborando la jurisprudencia del Tribunal Supremo, considerando como bastante la vía conciliatoria en casos singulares, como en el supuesto de autos ocurrió, en donde la recurrente siendo correctamente citada en vía conciliatoria previa, nada dijo ni obstó sobre tal extremo, ni nada alegó con posterioridad en la primera suspensión que en la causa consta. De ahí y por ello, que siguiendo la aperturista línea jurisprudencial dicha, haya de darse por bueno el trámite cuestionado, dándose por reproducidos todos cuantos argumentos el juzgador en tal sentido vierte en el Fundamento Jurídico primero de su resolución, ya que como el Tribunal Supremo ha precisado en supuestos similares al enjuiciado, lo importante es que la demandada haya tenido conocimiento del litigio con tiempo suficiente antes de la demanda judicial (sentencias de 28 de Junio de 1999) o como razona en la sentencia de 30 de enero de 2000, el indebido trámite conciliatorio previo..." cumplió con la finalidad de puesta en conocimiento del litigio a la parte demandada y de asignación a la misma de un margen de tiempo para conocer su posible interposición o considerar su evitación". Ha de rechazarse, pues, como se dijo, las pretensiones que en el primer ordinal del recurso se formulan.
Voces
Convenio colectivo
Empresa contratista
Despido improcedente
Readmisión del trabajador
Puesto de trabajo
Ejecución de la contrata
Negocio jurídico
Empresa principal
Cesión ilegal de trabajadores
Empresa cedente
Empresa cesionaria
Categoría profesional
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