Sentencia Social Nº 335/2...il de 2006

Última revisión
06/04/2006

Sentencia Social Nº 335/2006, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1269/2005 de 06 de Abril de 2006

Tiempo de lectura: 13 min

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 06 de Abril de 2006

Tribunal: TSJ Castilla y Leon

Ponente: RODRIGUEZ GRECIANO, JOSE LUIS

Nº de sentencia: 335/2006

Núm. Cendoj: 09059340012006100271

Núm. Ecli: ES:TSJCL:2006:1712

Resumen
En el caso de trabajadores que sean responsables del ingreso de cotizaciones, para el reconocimiento de las correspondientes prestaciones económicas de la Seguridad Social, será necesario que se encuentre el corriente en el pago de cotizaciones a la Seguridad Social, aunque la correspondiente prestación sea reconocida , como consecuencia del cómputo recíproco de cotizaciones en un régimen de trabajadores por cuenta ajena. En base a lo anterior, el TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada por trabajador actor, en proceso seguido sobre Incapacidad Permanente.

Voces

Incapacidad permanente total

Régimen General de la Seguridad Social

Incapacidad permanente absoluta

Intervención de abogado

Trabajador por cuenta ajena

Grado de incapacidad

Alta en el Régimen General

Incapacidad temporal

Régimen especial de trabajadores autónomos

Prestación económica

Cotización a la Seguridad Social

Base mínima de cotización

Revisión de incapacidad laboral

Cuotas de cotización

Cómputo recíproco

Lagunas de cotización

Obligación de cotizar a la Seg. Social

Integración de lagunas de cotización

Incapacidad permanente

Encabezamiento

T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL

BURGOS

SENTENCIA: 00335/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LEON

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 001(AVENIDA DE LA ISLA Nº 10-1ª PLANTA 09003)

N.I.G: …

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