Sentencia Social Nº 3425/2008, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de...e Septiembre de 2008
Sentencia Social Nº 3425/...re de 2008

Última revisión
17/09/2008

Sentencia Social Nº 3425/2008, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3375/2008 de 17 de Septiembre de 2008

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Orden: Social

Fecha: 17 de Septiembre de 2008

Tribunal: TSJ Galicia

Ponente: CABANAS GANCEDO, JOSE MARIA

Nº de sentencia: 3425/2008

Nº de recurso: 3375/2008

Núm. Cendoj: 15030340012008102711

Resumen
Se desestima el recurso de suplicación planteado contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de A Coruña, sobre despido disciplinario. Ninguna objeción cabe efectuar al juzgador de instancia por el hecho de acudir para resolver la cuestión debatida, con carácter preferente, a las presunciones judiciales. En la relación fáctica, se hace referencia a las características de los instrumentos de que disponen los autobuses, para poder llevar a cabo el cobro del servicio a los distintos usuarios, y a los movimientos anormales con relación a dicho extremo, de cuatro tarjetas, en los autobuses, conducidos por el demandante, que tienen entidad suficiente para, según las reglas de criterio humano, inferir que el actor actuó de forma fraudulenta, con violación muy grave de la buena fe contractual.

Voces

Despido improcedente

Convenio colectivo

Transgresión de la buena fe contractual

Prueba de indicios

Indefensión

Valoración de la prueba

Prueba documental

Presunción judicial

Buena fe contractual

Despido disciplinario