Sentencia Social Nº 349/2...zo de 2005

Última revisión
30/03/2005

Sentencia Social Nº 349/2005, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Rec 1264/2004 de 30 de Marzo de 2005

Tiempo de lectura: 19 min

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 30 de Marzo de 2005

Tribunal: TSJ Canarias

Ponente: RAMOS REAL, EDUARDO

Nº de sentencia: 349/2005

Resumen
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada por trabajador que interesaba que se resolviera su relación laboral en base a incumplimientos contractuales graves y culpables de la misma (retrasos continuados en el abono del salario pactado y modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo que redundan en perjuicio de su formación profesional y que menoscaban su dignidad), al desestimar recurso interpuesto por este. Recoge la sentencia que, ha quedado acreditado el hecho de que la empresa ha modificado las condiciones de trabajo del actor, pero no que dicha modificación perjudique la formación profesional del trabajador o menoscabe su dignidad. Efectivamente que un trabajador que ostenta la categoría profesional de inferior jerarquía en el sector de la Carpintería (Peón) pase de montar pallets a rectificarlos y a realizar funciones auxiliares de limpieza y preparación de la madera para luego confeccionar los referidos pallets, no puede decirse que produzca ninguno de los efectos negativos tipificados en la norma estatutaria, pues, desde luego alguien tiene que hacer tales funciones y el operario al que se le han de encomendar trabajos auxiliares es, por excelencia, el peón; cosa distinta es que le fueran encargados a un Oficial existiendo peones en la empresa.

Voces

Contrato de Trabajo

Suspensión de empleo y sueldo

Condiciones de trabajo

Pago del salario

Formación profesional

Prueba documental

Retraso en el pago de salarios

Recibo de salarios

Categoría profesional

Trabajador fijo discontinuo

Pagas extraordinarias

Acto de conciliación

Acta de conciliación

Incapacidad temporal

Error de hecho

Contrato fijo discontinuo

Contrato de trabajo de duración determinada

Ratificación de la demanda

Sanción de suspensión

Derecho a indemnización

Jornada laboral

Jornada partida

Responsabilidad

Voluntad unilateral

Derechos en materia laboral

Voluntad

Dignidad del trabajador

Carga de la prueba

Acoso laboral

Extinción del contrato de trabajo

Modificación sustancial de las condiciones de trabajo

Encabezamiento

Secretaria: Dª. Mª EUGENIA CALAMITA DOMÍNGUEZ

Ilmos. Sres:

D. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ

Dª MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ

D. EDUARDO RAMOS REAL.

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