Sentencia Social Nº 385/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l... 07 de Junio de 2004
Sentencia Social Nº 385/2...io de 2004

Última revisión
07/06/2004

Sentencia Social Nº 385/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 6, Rec 2721/2004 de 07 de Junio de 2004

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Orden: Social

Fecha: 07 de Junio de 2004

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: VIVES USANO, MARIA PAZ

Nº de sentencia: 385/2004

Nº de recurso: 2721/2004

Núm. Cendoj: 28079340062004100108

Resumen
El TSJ estima el recurso interpuesto por el trabajador actor y declara que la extinción de su contrato constituye despido improcedente. Según doctrina expresada por esta Sala en varias sentencias, por todos la de 10-2-2003, R.5418/02, "cumplidos estos requisitos y una vez firmados por el trabajador, el recibo de finiquito surtirá los efectos liberatorios que le son propios según establece el art. 17 apartado 4. Al exigir la norma que el documento sea previamente sellado por la organización patronal y tener solamente una validez de quince días a partir de ese momento, queda privada de efectos dicha práctica fraudulenta. Pero precisamente por esta razón es preciso poner en relación la falta de forma con la finalidad de la norma, y por ello no cabe negar radicalmente la eficacia y virtualidad del documento a menos que se alegue haber sido suscrito en blanco por el trabajador". Habida cuenta de que esta alegación es el eje del presente recurso, y probado que el actor ha prestado servicios en diferentes obras, en ocasiones sin amparo de acuerdo expreso declaramos que no consta que la relación terminara por acuerdo expreso de las partes, la Sala estima el recurso.

Voces

Finiquito

Convenio colectivo

Recibo de salarios

Fin de la obra

Indefensión

Contrato fijo de obra

Centro de trabajo

Despido improcedente

Documentos aportados

Días naturales