Sentencia Social Nº 396/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l... 11 de Junio de 2008
Sentencia Social Nº 396/2...io de 2008

Última revisión
11/06/2008

Sentencia Social Nº 396/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 2271/2008 de 11 de Junio de 2008

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Orden: Social

Fecha: 11 de Junio de 2008

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: GARCIA ALARCON, MARIA VIRGINIA

Nº de sentencia: 396/2008

Nº de recurso: 2271/2008

Núm. Cendoj: 28079340022008100213

Resumen
Se estima el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 5 de Madrid, sobre contratación. Alega la parte recurrente que ninguna de las empresas codemandadas tiene la consideración de empresa de trabajo temporal, habiéndose comprobado en la visita de la Inspección que los trabajadores fueron contratados por Vexter Outsourcing para prestar servicios en GM Europe Holding. Del acta de la Inspección, tal y como señala el recurrente, goza de presunción de veracidad, no desvirtuada de contrario. Los trabajadores fueron contratados por VEXTER OUTSOURCING para pasar a desempeñar en la empresa GM EUROPE HOLDINGS los trabajos reseñados en los hechos declardos porbados, sin que el objeto de dichos contratos sean la realización de una obra cierta, sino que se dirijan a obtener la prestación de un concreto trabajo cada uno de ellos, para la realización de unas tareas necesarias para la empresa sin autonomía y sustantividad propia dentro de su actividad, habiendo desempeñando sus funciones bajo las órdenes del personal de GM EUROPE HOLDINGS, en el horario fijado por ésta, con sus medios materiales y en su sede, habiéndose constatado que VEXTER no ha puesto en juego su propia organización y medios, sino que se ha producido una mera ficción limitándose a aportar mano de obra sin medios materiales ni humanos para su dirección, limitándose a verificar la asistencia de los trabajadores semanalmente y al pago de sus nóminas.

Voces

Subcontratación

Presunción de certeza

Empresas de trabajo temporal

Responsabilidad

Recibo de salarios

Carga de la prueba

Prueba en contrario