Última revisión
11/12/2007
Sentencia Social Nº 3964/2007, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Rec 1245/2007 de 11 de Diciembre de 2007
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Orden: Social
Fecha: 11 de Diciembre de 2007
Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana
Ponente: CERES MONTES, JOSE FRANCISCO
Nº de sentencia: 3964/2007
Encabezamiento
Rec. C/ Sent núm. 1245/2007
Recurso contra Sentencia núm. 1245/2007
Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora
Presidente
Ilmo. Sr. D. José Francisco Ceres Montés
Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz
En Valencia, a once de diciembre de dos mil siete.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,
En el Recurso de Suplicación núm. 1245/2007, interpuesto contra la sentencia de fecha 22 de septiembre de 2006, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Valencia, en los autos núm. 536/2005, seguidos sobre INVALIDEZ, a instancia de la mutua FREMAP MATEPSS Nº 61, representada por el letrado D. Enrique Vanaclocha Bonet, contra la COOPERATIVA AGRÍCOLA SANTÍSIMO CRISTO DE LA PEÑA S. COOP. VALENCIANA, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y D. Juan Alberto , asistido del letrado D. Pedro Carceller Roda, y en los que es recurrente el codemandado D. Juan Alberto , habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. José Francisco Ceres Montés.
Antecedentes
PRIMERO.- La sentencia recurrida de fecha 22 de septiembre de 2006 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda formulada por la MUTUA FREMAP contra la empresa COOPERATIVA AGRÍCOLA SANTÍSIMO CRISTO DE LA PEÑA S. COOP. VALENCIANA, el INSS, la TGSS y el trabajador Juan Alberto ; debo declarar y declaro que la base reguladora reconocida por incapacidad permanente parcial derivada de accidente de trabajo asciende a la cantidad de 467,20 ? mensuales, condenando a los demandados a estar y pasar por tal declaración.".
SEGUNDO.- Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 25 de octubre de 2004 se declara el derecho del codemandado trabajador Juan Alberto , trabajador fijo discontinuo de la tambien demandada COOPERATIVA AGRÍCOLA SANTISIMO CRISTO DE LA PEÑA S. COOP. VALENCIANA, a percibir prestación por incapacidad permanente parcial derivada de accidente de trabajo sobre una base reguladora de 1.270,51 ? mensuales, con cargo a la Mutua FREMAP demandante que cubría el riesgo de la empresa por la contingencia y como resultado de multiplicar 75,34 ? - base diaria de cotización del trabajador en el mes anterior a la baja - por 365 y dividir el resultado entre 12 meses.- SEGUNDO.- Disconforme la Mutua con la base reguladora reconocida en la citada resolución, en fecha 2 de diciembre de 2004 formula reclamación previa en solicitud de una base en cuantía de 467,20 ? mensuales al entender que el beneficiario venía prestando sus servicios con la condición de trabajador fijo discontinuo; que ha sido desestimada en resolución del INSS de fecha 31de marzo de 2005.- TERCERO.- La suma de las bases de cotización del trabajador en el año anterior al accidente ocurrido el día 19 de enero de 2004 asciende a la cantidad de 5.606,35 ?, siendo los días cotizados; 13 en enero de 2004, 19 en los meses de diciembre y noviembre de 2003, 18 en octubre de 2003 y 4 en febrero de 2003.".
TERCERO.- Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el codemandado D. Juan Alberto , habiendo sido impugnado en debida forma por la parte actora. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.
Fundamentos
Rec. C/ Sent núm. 1245/2007
Recurso contra Sentencia núm. 1245/2007
Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora
Presidente
Ilmo. Sr. D. José Francisco Ceres Montés
Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz
En Valencia, a once de diciembre de dos mil siete.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,
En el Recurso de Suplicación núm. 1245/2007, interpuesto contra la sentencia de fecha 22 de septiembre de 2006, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Valencia, en los autos núm. 536/2005, seguidos sobre INVALIDEZ, a instancia de la mutua FREMAP MATEPSS Nº 61, representada por el letrado D. Enrique Vanaclocha Bonet, contra la COOPERATIVA AGRÍCOLA SANTÍSIMO CRISTO DE LA PEÑA S. COOP. VALENCIANA, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y D. Juan Alberto , asistido del letrado D. Pedro Carceller Roda, y en los que es recurrente el codemandado D. Juan Alberto , habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. José Francisco Ceres Montés.
PRIMERO.- La sentencia recurrida de fecha 22 de septiembre de 2006 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda formulada por la MUTUA FREMAP contra la empresa COOPERATIVA AGRÍCOLA SANTÍSIMO CRISTO DE LA PEÑA S. COOP. VALENCIANA, el INSS, la TGSS y el trabajador Juan Alberto ; debo declarar y declaro que la base reguladora reconocida por incapacidad permanente parcial derivada de accidente de trabajo asciende a la cantidad de 467,20 ? mensuales, condenando a los demandados a estar y pasar por tal declaración.".
SEGUNDO.- Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 25 de octubre de 2004 se declara el derecho del codemandado trabajador Juan Alberto , trabajador fijo discontinuo de la tambien demandada COOPERATIVA AGRÍCOLA SANTISIMO CRISTO DE LA PEÑA S. COOP. VALENCIANA, a percibir prestación por incapacidad permanente parcial derivada de accidente de trabajo sobre una base reguladora de 1.270,51 ? mensuales, con cargo a la Mutua FREMAP demandante que cubría el riesgo de la empresa por la contingencia y como resultado de multiplicar 75,34 ? - base diaria de cotización del trabajador en el mes anterior a la baja - por 365 y dividir el resultado entre 12 meses.- SEGUNDO.- Disconforme la Mutua con la base reguladora reconocida en la citada resolución, en fecha 2 de diciembre de 2004 formula reclamación previa en solicitud de una base en cuantía de 467,20 ? mensuales al entender que el beneficiario venía prestando sus servicios con la condición de trabajador fijo discontinuo; que ha sido desestimada en resolución del INSS de fecha 31de marzo de 2005.- TERCERO.- La suma de las bases de cotización del trabajador en el año anterior al accidente ocurrido el día 19 de enero de 2004 asciende a la cantidad de 5.606,35 ?, siendo los días cotizados; 13 en enero de 2004, 19 en los meses de diciembre y noviembre de 2003, 18 en octubre de 2003 y 4 en febrero de 2003.".
TERCERO.- Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el codemandado D. Juan Alberto , habiendo sido impugnado en debida forma por la parte actora. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.
Estimamos el recurso de suplicación formulado por D. Juan Alberto representado por el letrado d. Pedro Carceller Roda, contra la sentencia de fecha 22 de septiembre de 2006 dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Valencia y revocando la misma, declaramos que la base reguladora mensual reconocida por incapacidad permanente parcial derivada de accidente de trabajo debe ascender a la cantidad de 1439,32 euros mensuales, y en consecuencia, la indemnización a tanto alzado correspondiente a la misma, asciende a la cantidad de 34.543,60 euros condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración.
La presente Sentencia, que se notificará a las partes y al Ministerio Fiscal, no es firme; póngase certificación literal de la misma en el rollo que se archivará en este Tribunal y también en los autos, que se devolverán al Juzgado de procedencia tan pronto adquiera firmeza para su ejecución.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia ha sido leída en audiencia pública por el/a Ilmo/a Sr/a Magistrado/a Ponente que en ella consta en el día de su fecha, de lo que yo, el Secretario, doy fe.
Fallo
Estimamos el recurso de suplicación formulado por D. Juan Alberto representado por el letrado d. Pedro Carceller Roda, contra la sentencia de fecha 22 de septiembre de 2006 dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Valencia y revocando la misma, declaramos que la base reguladora mensual reconocida por incapacidad permanente parcial derivada de accidente de trabajo debe ascender a la cantidad de 1439,32 euros mensuales, y en consecuencia, la indemnización a tanto alzado correspondiente a la misma, asciende a la cantidad de 34.543,60 euros condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración.
La presente Sentencia, que se notificará a las partes y al Ministerio Fiscal, no es firme; póngase certificación literal de la misma en el rollo que se archivará en este Tribunal y también en los autos, que se devolverán al Juzgado de procedencia tan pronto adquiera firmeza para su ejecución.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia ha sido leída en audiencia pública por el/a Ilmo/a Sr/a Magistrado/a Ponente que en ella consta en el día de su fecha, de lo que yo, el Secretario, doy fe.
