Sentencia Social Nº 405/2006, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l...e 09 de Mayo de 2006
Sentencia Social Nº 405/2...yo de 2006

Última revisión
09/05/2006

Sentencia Social Nº 405/2006, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 165/2006 de 09 de Mayo de 2006

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Orden: Social

Fecha: 09 de Mayo de 2006

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: RUIZ PONTONES, MANUEL

Nº de sentencia: 405/2006

Nº de recurso: 165/2006

Núm. Cendoj: 28079340022006100391

Resumen
La prohibición de concurrencia, cuando no media pacto de plena dedicación, no permite entender que proscriba situaciones de pluriempleo, pues éstas, en principio, han de ser consideradas lícitas, como también lo es la realización de otras actividades por cuenta propia (STS. de 29 de marzo de 1990, Ar. 2367). No toda actividad adicional es concurrencia desleal, pero sí lo es aquella en la que el trabajador puede desviar clientela, o aprovechar conocimientos adquiridos en la empresa a la que hace competencia, o prevalerse de la información que ha podido proporcionar o proporciona la presencia en el interior de ésta

Voces

Vacaciones

Extinción del contrato de trabajo

Intervención de abogado

Escrito de interposición

Documentos de fecha posterior

Modificación del hecho probado

Pacto de dedicación exclusiva

Situación de pluriempleo

Transgresión de la buena fe contractual

Falta de consentimiento

Contrato de Trabajo

Sin consentimiento

Economía de mercado

Buena fe contractual

Categoría profesional