Sentencia Social Nº 425/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l...e Septiembre de 2004
Última revisión
Sentencia Social Nº 425/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 4, Rec 3736/2004 de 17 de Septiembre de 2004
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 17 de Septiembre de 2004
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: LUELMO MILLAN, MIGUEL ANGEL
Nº de sentencia: 425/2004
Nº de recurso: 3736/2004
Núm. Cendoj: 28079340042004100432
Resumen
Aunque el art. 209 LGSS determine que "en el caso de que el período que corresponde a las vacaciones anuales retribuidas no haya sido disfrutado con anterioridad a la finalización de la relación laboral, la situación legal de desempleo y el nacimiento del derecho a las prestaciones se producirá una vez transcurrido dicho período", ello no conduce más que a que el período computable (los precitados 180 días) se cuente hacia atrás desde el día en que se hubiese terminado la vacación no disfrutada y cotizada y no como defiende la parte actora, que computa los 180 días de cotización por prestación efectiva anteriores a la extinción y además pretende incluir las cotizaciones de las vacaciones liquidadas y no disfrutadas. En base a lo anterior, se desestima por el Tribuna el recurso interpuesto por el trabajador actor.
Voces
Vacaciones
Vacaciones no disfrutadas
Vacaciones anuales retribuidas
Situación legal de desempleo
Desempleo
Base de cotización
Cuantía de las prestaciones
Prestación por desempleo
Ocupación efectiva
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