Sentencia SOCIAL Nº 486/2018, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de...e 11 de Mayo de 2018
Sentencia SOCIAL Nº 486/2...yo de 2018

Última revisión
17/09/2017

Sentencia SOCIAL Nº 486/2018, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1111/2017 de 11 de Mayo de 2018

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Orden: Social

Fecha: 11 de Mayo de 2018

Tribunal: TSJ Canarias

Ponente: BARRIUSO ALGAR, FELIX

Nº de sentencia: 486/2018

Nº de recurso: 1111/2017

Núm. Cendoj: 38038340012018100532

Núm. Ecli: ES:TSJICAN:2018:905

Núm. Roj: STSJ ICAN 905/2018

Resumen
Dimisión voluntaria del trabajador. No queda sin efecto por una retractación de la misma comunicada a la empresa después de la fecha de efectos de fin del contrato que el propio trabajador había indicado en su comunicación de baja voluntaria, y menos aún cuando, por la conducta mostrada por el trabajador, esa retractación era ficticia y no respondía a una voluntad de mantener o reestablecer el vínculo laboral (no volvió a acudir a su puesto de trabajo sin causa justificada, y estaba trabajando para otra empresa).

Voces

Retractación

Vacaciones

Dimisión del trabajador

Incapacidad temporal

Carta de despido

Contrato de Trabajo

Puesto de trabajo

Burofax

Despido disciplinario

Extinción del contrato temporal

Prueba documental

Contrato de trabajo de duración determinada

Extinción del contrato de trabajo

Despido improcedente

Fraude de ley

Bolsa de vacaciones

Contratos de obras

Absentismo laboral

Baja en la seguridad social

Práctica de la prueba

Error de hecho

Valoración de la prueba

Documento privado

Documentos aportados

Papeleta de conciliación

Alta médica

Negocio jurídico

Actividad laboral

Voluntad unilateral

Desempleo

Variaciones de datos en la Seguridad Social

Tesorería General de la Seguridad Social

Días naturales