Sentencia Social Nº 5001, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 20 de Julio de 2000
Sentencia Social Nº 5001,...io de 2000

Última revisión
20/07/2000

Sentencia Social Nº 5001, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 20 de Julio de 2000

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Orden: Social

Fecha: 20 de Julio de 2000

Tribunal: TSJ Galicia

Ponente: DE CASTRO FERNANDEZ, LUIS FERNANDO

Nº de sentencia: 5001

Resumen
 ANTONIO C en reclamación de ACCIDENTE siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la MUTUA ASEPEYO y la Empresa "JOSÉ L..E H.., mano derecha: 1 dedo: extensión de -10/-15 a nivel de M.C.F. realiza oposición con 2, 3 y 4 dedo pero con fuerza disminuida parcialmente para pinza. Realiza cierre prensil de la mano.Se  desestima totalmente la demanda interpuesta por DON ARTURO MANUEL C contra la Entidad Mercantil José L e H , Sociedad Anónima, la Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, núm.  Mutua Ase , el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, absuelvo a estos demandados de todos los pedimentos de la demanda".Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte DEMANDANTE siendo impugnado de contrario. 137-3 ó 150 LGSS.Es más, no parece ocioso citar la doctrina jurisprudencial dictada en supuestos de pérdida de movilidad y/o amputación de dedos en mano derecha (en autos se trata de la izquierda), y relativa a que en profesionales de oficio la virtualidad invalidante de las lesiones en la mano rectora se halla conectada a la pérdida o completa disfuncionalidad del dedo pulgar, cuando se hacen imposibles las funciones de garra, puño y pinza, pero no cuando dicha pérdida o amputación va referida a los otros dedos.  

Voces

Tesorería General de la Seguridad Social

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Incapacidad permanente

Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional

Accidente laboral

Régimen General de la Seguridad Social

Incapacidad temporal

Trabajador accidentado

Profesión habitual

Capacidad laboral

Responsabilidad