Sentencia Social Nº 549/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l... 28 de Junio de 2005
Sentencia Social Nº 549/2...io de 2005

Última revisión
28/06/2005

Sentencia Social Nº 549/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 5987/2004 de 28 de Junio de 2005

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Orden: Social

Fecha: 28 de Junio de 2005

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: RUIZ PONTONES, MANUEL

Nº de sentencia: 549/2005

Nº de recurso: 5987/2004

Núm. Cendoj: 28079340022005100532

Resumen
El TSJ confirma que la relación existente entre las partes litigantes no era laboral, siendo la jurisdicción civil la competente para resolver la controversia. Y ello porque, según recoge la sentencia, el recurrente no realizaba una jornada normal de trabajo, al no acudir al despacho por las tardes y si hubiese existido contrato de trabajo, lo normal es que tuviese que acudir durante el horario vespertino; no consta que le fijasen horario, las vacaciones, y lo único que se deduce es que pactaron que la posible relación laboral que existiese entre las partes se instrumentaría por escrito, lo que no llegó a efectuarse porque la relación nunca fue laboral sino mercantil como se deduce de la aportación que efectuó el recurrente que el Bufete tenía que amortizar mensualmente garantizándole un mínimo de 1.000 euros mensuales hasta el mes 30, en el que hubiese obtenido los 30.000 euros aportados.

Voces

Contrato de Trabajo

Responsabilidad

Intervención de abogado

Incompetencia de la jurisdicción

Valoración de la prueba

Práctica de la prueba

Ajenidad

Acto jurídico

Voluntad de las partes

Reclamación de cantidad

Culpa

Vacaciones

Conciliación laboral

Papeleta de conciliación