Sentencia Social Nº 558/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l... 28 de Junio de 2005
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Sentencia Social Nº 558/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 1989/2005 de 28 de Junio de 2005
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 28 de Junio de 2005
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: RUIZ PONTONES, MANUEL
Nº de sentencia: 558/2005
Nº de recurso: 1989/2005
Núm. Cendoj: 28079340022005100498
Resumen
El TSJ confirma la improcedencia del despido de trabajador actor, declarad en la instancia, al desestimar el recurso interpuesto por la empresa demandada. La recurrente considera que no se puede computar todo lo percibido por el trabajador en concepto de stock options en el último año para el cálculo de la indemnización por despido, sino que la cantidad obtenida ha de prorratearse en función de los días en que se ha generado al estar retribuyendo el trabajo desempeñado desde su concesión. Al respecto concluye la Sala que, si las opciones sobre acciones comportasen un devengo progresivo, el trabajador en el momento del despido habría devengado la parte proporcional del tiempo de carencia transcurrido y esa parte podría ejercitarla, pero precisamente por cuanto las ventajas patrimoniales no se devengan de manera progresiva, no cabe un ejercicio anticipado.
Voces
Período de carencia
Despido del trabajador
Intervención de abogado
Salarios de tramitación
Salario base
Pagas extraordinarias
Plusvalías
Cálculo de la indemnización por despido
Indemnización por despido
Precio de mercado
Cuantía de la indemnización
Derechos de los trabajadores
Despido improcedente
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