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Sentencia Social Nº 617/2006, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 11/2006 de 23 de Febrero de 2006
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Orden: Social
Fecha: 23 de Febrero de 2006
Tribunal: TSJ Andalucia
Ponente: GOMEZ RUIZ, JOSE LUIS
Nº de sentencia: 617/2006
Núm. Cendoj: 29067340012006100225
Núm. Ecli: ES:TSJAND:2006:1219
Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 10 de Málaga, sobre declaración de derechos y reclamación de cantidad. La Sentencia del Tribunal Supremo de 18 noviembre 2002, declaró el derecho del personal dependiente del Servicio Andaluz de Salud, que se encuentre adscrito a los turnos de trabajo rotatorio y nocturno a disfrutar de seis días de libre disposición y que le sean computables como de trabajo efectivo, y, por tanto, incluidos en la jornada máxima anual correspondiente a cada turno. Según consta en autos, el demandante realizó con exceso su jornada de trabajo anual, por ello tiene derecho a cobrar las cantidades correspondientes del complemento reclamado.
Voces
Jornada anual
Incapacidad temporal
Jornada máxima anual
Turno rotatorio
Trabajo a turnos
Horas de trabajo efectivo
Reclamación de cantidad
Jornada laboral
Encabezamiento
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA
Recurso: SUPLICACION 11/2006
Sentencia Nº 617/06
ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE
I…
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