Sentencia Social Nº 626/2004, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de... 21 de Junio de 2004
Sentencia Social Nº 626/2...io de 2004

Sentencia Social Nº 626/2004, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 187/2004 de 21 de Junio de 2004

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Orden: Social

Fecha: 21 de Junio de 2004

Tribunal: TSJ Canarias

Ponente: DE LOSADA Y HAMILTON, PILAR DIAZ

Nº de sentencia: 626/2004

Nº de recurso: 187/2004

Núm. Cendoj: 38038340012004100634

Núm. Ecli: ES:TSJICAN:2004:2731

Resumen
Conforme a la jurisprudencia, la huelga se considera como una situación asimilada al alta durante la que no existe cotización y habrá de aplicarse la retroacción prevista en el art. 3.5 del R. D. 625/85 en el que, si bien no aparece recogido el derecho de huelga, sin embargo, al ser éste un derecho fundamental, habrá que incluirlo, como dice el Tribunal Constitucional, a fin de mantener el respeto y la tutela a los derechos protegidos por la Constitución Española. Teniendo en cuenta lo argumentado por el Juez de instancia en el sentido de que las fluctuaciones en la cotización del actor para la determinación de la base reguladora, se debieron a días de huelga, cierre patronal y pérdida de turno, hechos que no han resultado acreditados, se dan por válidos los cálculos efectuados por la parte actora en relación con base reguladora de pensión de jubilación. Se desestima por ello el recurso interpuesto por el Instituto Social de la Marina.

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Voces

Instituto Social de la Marina

Prestación de jubilación

Indefensión

Estibador portuario

Cierre patronal

Huelga

Base de cotización

Base mínima de cotización

Base reguladora pensión de jubilación

Autoridad laboral

Obligación de cotizar a la Seg. Social

Categoría profesional

Años acreditados de cotización

Regímenes de la Seguridad social

Situación asimilada alta Seguridad Social

Días naturales

Derecho a huelga

Base máxima de cotización