Sentencia Social Nº 644/2006, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala d...3 de Febrero de 2006
Sentencia Social Nº 644/2...ro de 2006

Última revisión
23/02/2006

Sentencia Social Nº 644/2006, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 47/2006 de 23 de Febrero de 2006

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Orden: Social

Fecha: 23 de Febrero de 2006

Tribunal: TSJ Andalucia

Ponente: BENAVIDES SANCHEZ DE MOLINA, JOSE MARIA

Nº de sentencia: 644/2006

Nº de recurso: 47/2006

Núm. Cendoj: 29067340012006100244

Núm. Ecli: ES:TSJAND:2006:1238

Resumen
Se estima recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 7 de los de Málaga en materia de incapacidad. El sistema de reparto de la Seguridad Social no es un sistema individualizado donde la cotización de cada trabajador se reserva para sus contingencias, sino un sistema general y solidario donde lo cotizado por el conjunto de los trabajadores se dedica a cubrir las contingencias que surgen en el colectivo asegurado. Así pues, la Mutua desde que se hizo cargo de la gestión de la incapacidad temporal por enfermedad común de la empresa, pasó a recibir la fracción de las cotizaciones de todos los trabajadores, y debe responder de las prestaciones que se produzcan a partir de la fecha de inicio de su gestión. Se reitera el principio de unidad e integridad en esta materia, que no excluye a los trabajadores que en el momento de inicio de la gestión ya estén de baja.

Voces

Incapacidad temporal

Contingencias comunes

Intervención de abogado

Extinción del contrato de trabajo

Enfermedad Común

Prestación económica

Mutuas de accidentes

Principio de unidad

Contingencias profesionales

Prestación de incapacidad temporal