Sentencia Social Nº 7252/...re de 2009

Última revisión
13/10/2009

Sentencia Social Nº 7252/2009, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Rec 250/2006 de 13 de Octubre de 2009

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Tiempo de lectura: 5 min

Orden: Social

Fecha: 13 de Octubre de 2009

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: RUIZ RUIZ, GREGORIO

Nº de sentencia: 7252/2009


Encabezamiento

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

JSP

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMA. SRA. Mª DEL PILAR RIVAS VALLEJO

En Barcelona a 13 de octubre de 2009

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 7252/2009

En el recurso de suplicación interpuesto por Abel , Damaso , Imanol , Berta , Julia , Rodrigo , Zulima y Juan Antonio frente al Auto del Juzgado Social 31 Barcelona de fecha 17 de marzo de 2008 dictado en ejecución de sentencia en el procedimiento nº 250/2006 y siendo recurrido Cognis Iberia, S.L., ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUIZ RUIZ.

Antecedentes

PRIMERO.- En fase de ejecución de sentencia y en fecha 7 de febrero de 2008 se dictó providencia por el citado Juzgado de lo Social nº 31 de esta ciudad, acordandose el archivo del procedimiento sin más trámite.

SEGUNDO.- Contra dicha resolución interpuso recurso de reposición la parte actora y dándose traslado a la contraria que impugnó, se resolvió por auto de fecha 17 de marzo de 2008

TERCERO.- Contra dicha resolución anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado , elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

Fundamentos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

JSP

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMA. SRA. Mª DEL PILAR RIVAS VALLEJO

En Barcelona a 13 de octubre de 2009

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 7252/2009

En el recurso de suplicación interpuesto por Abel , Damaso , Imanol , Berta , Julia , Rodrigo , Zulima y Juan Antonio frente al Auto del Juzgado Social 31 Barcelona de fecha 17 de marzo de 2008 dictado en ejecución de sentencia en el procedimiento nº 250/2006 y siendo recurrido Cognis Iberia, S.L., ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUIZ RUIZ.

PRIMERO.- En fase de ejecución de sentencia y en fecha 7 de febrero de 2008 se dictó providencia por el citado Juzgado de lo Social nº 31 de esta ciudad, acordandose el archivo del procedimiento sin más trámite.

SEGUNDO.- Contra dicha resolución interpuso recurso de reposición la parte actora y dándose traslado a la contraria que impugnó, se resolvió por auto de fecha 17 de marzo de 2008

TERCERO.- Contra dicha resolución anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado , elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por D. Abel , D. Damaso , D. Imanol , Dª. Berta , Dª. Julia , D. Rodrigo , Dª. Zulima y D. Juan Antonio en su condición de mayoría del Comité de empresa de la demandada, Cognis Iberia S.L. contra la resolución que con forma de Auto fue dictada por el Juzgado de lo Social nº. 31 de los de Barcelona en fecha 17/3/08 en procedimiento de ejecución seguido en dicho Juzgado con el nº. 250/06 , debemos confirmar y confirmamos la misma en todos sus términos.

Contra esta Sentencia cabe Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina que deberá prepararse ante esta Sala en los diez días siguientes a la notificación, con los requisitos previstos en los números 2 y 3 del Artículo 219 de la Ley de Procedimiento Laboral .

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y expídase testimonio que quedará unido al rollo de su razón, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias.

Así por nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Publicación.- La anterior sentencia ha sido leida y publicada en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, de lo que doy fe.

Fallo

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por D. Abel , D. Damaso , D. Imanol , Dª. Berta , Dª. Julia , D. Rodrigo , Dª. Zulima y D. Juan Antonio en su condición de mayoría del Comité de empresa de la demandada, Cognis Iberia S.L. contra la resolución que con forma de Auto fue dictada por el Juzgado de lo Social nº. 31 de los de Barcelona en fecha 17/3/08 en procedimiento de ejecución seguido en dicho Juzgado con el nº. 250/06 , debemos confirmar y confirmamos la misma en todos sus términos.

Contra esta Sentencia cabe Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina que deberá prepararse ante esta Sala en los diez días siguientes a la notificación, con los requisitos previstos en los números 2 y 3 del Artículo 219 de la Ley de Procedimiento Laboral .

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y expídase testimonio que quedará unido al rollo de su razón, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias.

Así por nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Publicación.- La anterior sentencia ha sido leida y publicada en el día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, de lo que doy fe.

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