Sentencia Social Nº 775/2...re de 2007

Última revisión
05/12/2007

Sentencia Social Nº 775/2007, Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 543/2007 de 05 de Diciembre de 2007

Tiempo de lectura: 23 min

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 05 de Diciembre de 2007

Tribunal: TSJ Extremadura

Ponente: ESLAVA RODRIGUEZ, MANUELA

Nº de sentencia: 775/2007

Núm. Cendoj: 10037340012007100912

Núm. Ecli: ES:TSJEXT:2007:2111

Resumen
Se estima parcialmente el recurso de suplicación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Badajoz, que estimó parcialmente la demanda en materia de reclamación de cantidad por complementos salariales impagados. A efectos de antigüedad ha de computarse todo el transcurso de la relación contractual de trabajo siempre que no haya habido una solución de continuidad significativa en el desenvolvimiento de la misma, sin que obste a tal cómputo el que los contratos temporales se ajustasen a la legalidad y se hubiere suscrito finiquito a su terminación e incluso a que se haya abonado la indemnización propia del contrato temporal extinguido, por lo que procede estimar este motivo de recurso. Acreditado que las trabajadoras prestan sus servicios en turno de noche procede el abono de dicho complemento salarial. Un puesto de trabajo debe entenderse como peligroso cuando la actividad se desarrolla bajo unas condiciones o circunstancias que suponen un riesgo superior o de mayor entidad que el que sería normal o inherente para dicha actividad laboral, y la declaración de peligrosidad debe resolverse atendiendo a cada caso en particular en función de las circunstancias especiales que en el mismo concurran, por lo que en este caso procede el abono de dicho complemento salarial. En cuanto a las horas extra, a la vista de la prueba practicada no puede estimarse su abono.

Voces

Plus de antigüedad

Convenio colectivo

Contrato de trabajo de duración determinada

Plus de peligrosidad

Vacaciones

Sucesión de contratos temporales

Salario base

Horas extraordinarias

Interés legal del dinero

Turno nocturno

Trienio

Intereses legales

Puesto de trabajo

Plus de nocturnidad

Indefensión

Infracción procesal

Falta de motivación

Derecho a la prueba

Derecho a la tutela judicial efectiva

Contratos de obras

Solución de continuidad

Relación contractual laboral

Finiquito

Plazo de caducidad

Complemento ad personam

Principio de igualdad

Jornada laboral

Actividad laboral

Condiciones de trabajo

Centro de trabajo

Jornada máxima

Complementos salariales

Trabajo nocturno

Fiestas Laborales

Días hábiles

Encabezamiento

T.S.J.EXTREMADURA SALA SOCIAL

CACERES

SENTENCIA: 00775/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA

SALA DE LO SOCIAL C/PEÑA S/Nº (TFNº 927 620 236 FAX 927 620 246)CACERES)

N.I…

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