Sentencia Social Nº 776/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l... 20 de Junio de 2005
Sentencia Social Nº 776/2...io de 2005

Última revisión
20/06/2005

Sentencia Social Nº 776/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 3, Rec 1531/2005 de 20 de Junio de 2005

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Orden: Social

Fecha: 20 de Junio de 2005

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: MORENO GONZALEZ-ALLER, IGNACIO

Nº de sentencia: 776/2005

Nº de recurso: 1531/2005

Núm. Cendoj: 28079340032005100624

Resumen
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada por trabajador tendente a ser restablecido en la incapacidad permanente absoluta que tenía reconocida, y que fue revisada por el INSS, dejándola sin efecto a partir de febrero de 2004, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. De un análisis comparativo entre las lesiones que padecía el actor en el momento de ser declarado afecto de invalidez permanente absoluta y las que ahora presenta tras la incoación del expediente de revisión se advierte una evidente mejoría al no constatarse la enfermedad oncológica en el momento actual, y sus limitaciones lo son para tareas que impliquen el uso del habla de manera continuada y exijan esfuerzos respiratorios importantes o deambulación mantenida, y ello no le inhabilita para el ejercicio de cualquier profesión, al punto que desde el año 1998 ha venido ejerciendo diferentes trabajos e incluso se ha declarado la compatibilidad entre la pensión y la actividad de vigilante de parking, confirmando su aptitud o capacidad residual.

Voces

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Incapacidad permanente

Profesión habitual

Incapacidad permanente absoluta

Error de hecho

Actividad laboral

Incapacidad permanente total

Accidente laboral

Enfermedad Común

Error en la valoración de la prueba

Incapacidad temporal

Grado de incapacidad

Prueba pericial

Documento auténtico

Medios de prueba

Capacidad laboral

Movilidad funcional

Categoría profesional

Reconocimiento de las prestaciones

Prestación económica

Prestación de jubilación