Sentencia Social Nº 835/2004, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de...e Septiembre de 2004
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Sentencia Social Nº 835/2004, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 487/2002 de 09 de Septiembre de 2004
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 09 de Septiembre de 2004
Tribunal: TSJ Canarias
Ponente: RAMOS REAL, EDUARDO
Nº de sentencia: 835/2004
Nº de recurso: 487/2002
Núm. Cendoj: 35016340012004100919
Resumen
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada por trabajador de Corporación municipal demandada, que reclamaba el abono de las diferencias salariales existentes entre las cantidades efectivamente percibidas por el mismo durante el periodo de tiempo comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2001 y las que debería haber percibido durante ese periodo de haber sido retribuido como personal funcionario de la misma categoría de dicha Corporación. Declara la Sala que, la pretensión del actor de que se le aplique automáticamente el Acuerdo del Personal Funcionario y el Ayuntamiento demandado, a efectos de determinar la cuantía de su salario, no cuenta con base jurídica de ningún tipo, dado que ni existe un Convenio Colectivo del personal laboral que se remita a la aplicación de las tablas salariales del Acuerdo funcionarial, ni su contrato de trabajo contiene una cláusula de igual tipo que sirva de base para la fijación de la cuantía de su salario.
Voces
Prescripción extintiva
Plazo de prescripción
Salario mínimo interprofesional
Categoría profesional
Título jurídico
Convenio colectivo
Prescripción de un año
Prescripción de la acción
Contrato de Trabajo
Acciones derivadas del contrato de trabajo
Negociación colectiva
Prescripción de tres años
Dies a quo
Finalización del contrato de trabajo
Inicio de plazo
Reclamación extrajudicial
Caducidad
Cómputo de plazo de prescripción
Convenio colectivo aplicable
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