Sentencia Social Nº 8653/2007, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala d...de Diciembre de 2007
Sentencia Social Nº 8653/...re de 2007

Última revisión
10/12/2007

Sentencia Social Nº 8653/2007, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1/2007 de 10 de Diciembre de 2007

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Orden: Social

Fecha: 10 de Diciembre de 2007

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: BRACERAS PEñA, MARIA NATIVIDAD

Nº de sentencia: 8653/2007

Nº de recurso: 1/2007

Núm. Cendoj: 08019340012007108870

Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto por una mutua interesando que se dejase sin efecto la resolución del INSS por la que se había declarado a un trabajador en situación de invalidez permanente total derivada del accidente de trabajo. La Sala recuerda que para que se puedan calificar como accidente de trabajo las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad, se hace preciso que se manifiesten o agraven como consecuencia de una lesión, trauma o menoscabo sufrido en el trabajo. Es decir, que cuando el traumatismo actúa como elemento desencadenante de la enfermedad padecida por el trabajador, agudizándola o sacándola de su estado latente, se considera como siniestro laboral, porque si trabajaba normalmente antes del accidente, hay que entender que todos los resultados derivan de éste.

Voces

Accidente laboral

Incapacidad permanente parcial

Incapacidad permanente total

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Alta médica

Contrato de Trabajo

Voluntad

Incapacidad permanente

Categoría profesional

Profesión habitual

Honorario profesional del abogado