Necesidad del consentimiento expreso del trabajador para que la empresa pueda di... 15 de Junio de 2017
Última revisión
Necesidad del consentimiento expreso del trabajador para que la empresa pueda disponer de su imagen. Sentencia SOCIAL Nº 87/2017, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 137/2017 de 15 de Junio de 2017
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 15 de Junio de 2017
Tribunal: Audiencia Nacional
Ponente: BODAS MARTIN, RICARDO
Nº de sentencia: 87/2017
Nº de recurso: 137/2017
Núm. Cendoj: 28079240012017100086
Núm. Ecli: ES:AN:2017:2538
Núm. Roj: SAN 2538:2017
Resumen
Se declara nula la práctica empresarial de incorporar la obligación de ceder el rostro del trabajador en contratos tipo. Pretendida la nulidad de pleno derecho de la práctica empresarial consistente en incorporar a los contratos de trabajo la cláusula que establece que 'El trabajador consiente expresamente , conforme a la Ley Organica1/1982, de 5 de mayo, RD 1720/2007 de Protección de Datos de carácter personal y Ley Orgánica 3/1985 de 29 de mayo, a la cesión de su imagen, tomada mediante cámara web o cualquier otro medio, siempre con el fin de desarrollar una actividad propia de telemarketing y cumplir, por tanto, con el objeto del presente contrato y los requerimientos del contrato mercantil del cliente', se estima dicha pretensión, aunque la Sala admite que la empresa está legitimada para destinar a sus trabajadores a servicios de video llamada, en los que es inevitable la cesión de la imagen del trabajador, porque dicha circunstancia no exime del consentimiento expreso del trabajador, que no se colma mediante un consentimiento genérico al iniciarse la relación laboral, puesto que los servicios de video llamada son uno entre los múltiples objetos del contrato, habiéndose demostrado que en la empresa es absolutamente marginal, sino que deberá obtenerse al destinarse a ese tipo de servicios, que es el momento adecuado para la emisión del mismo.
Voces
Contrato de Trabajo
Declaración del testigo
Fuerza probatoria
Relación jurídica
Convenio colectivo aplicable
Dirección de la actividad laboral
Representación de los trabajadores
Nulidad de pleno derecho
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