Sentencia Social Nº 872/2005, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, ...de Diciembre de 2005
Última revisión
Sentencia Social Nº 872/2005, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 96/2005 de 13 de Diciembre de 2005
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 13 de Diciembre de 2005
Tribunal: TSJ Castilla y Leon
Ponente: MONASTERIO PEREZ, MARIA TERESA
Nº de sentencia: 872/2005
Nº de recurso: 96/2005
Núm. Cendoj: 09059340012005100800
Resumen
El TSJ confirma la sentencia recurrida que declaró que la relación de prestación de servicios que une a los trabajadores aquí recurrente con Renfe no tiene naturaleza laboral, al desestimar el recurso interpuesto por estos. Declara la Sala que, en lo que se refiere a la Dra. D., quien además en fecha 22 de Enero de 2004 firmó escrito manifestando que su relación era de carácter profesional en el ejercicio libre de la profesión de médico, relación de tipo mercantil , resulta que suscribió contrato de arrendamiento de servicios con Renfe, en el que se estipuló en la cláusula 5ª que sus servicios serían prestados con total independencia y espontaneidad, siguiendo los dictados de la buena fe y con sujeción a las normas deontológicas de la profesión, y como renta, canon o iguala por sus servicios, Renfe abonaría 21.000 Euros anuales , paga efectuado mensualmente fraccionado en doceavas partes iguales, previa presentación de factura.
Voces
Modificación del hecho probado
Vacaciones
Intervención de abogado
Medios de prueba
Liquidación cuotas Seguridad Social
Buena fe
Fuerza mayor
Instituto Social de la Marina
Centro de trabajo
Enfermedad Común
Incapacidad permanente absoluta
Incapacidad temporal
Pagas extraordinarias
Contrato de Trabajo
Servicios de prevención
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