Sentencia Social Nº 895/2014, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 657/2014 de 05 de Junio de 2014
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 05 de Junio de 2014
Tribunal: TSJ Andalucia
Ponente: GÓMEZ RUIZ, RAMÓN
Nº de sentencia: 895/2014
Núm. Cendoj: 29067340012014100895
Núm. Ecli: ES:TSJAND:2014:5158
Resumen
Extinción contractual a instancia trabajador: Impago salarios. Mantenimiento relación laboral hasta firmeza sentencia extintiva: Excepciones. Se confirma de la sentencia de instancia (SJS/Málaga nº 2 de fecha 21-noviembre-2013 -autos 185/2013), interpretando que el trabajador que anuncia a la empresa que, tras el intento conciliatorio extrajudicial y ante la falta de pago salarial, dejaría de prestarle servicios, no cabe incluirle entre los supuestos que justifican el poder dejar de prestar servicios para la empresa y califica tal conducta de abandono por parte del trabajador; argumentando, en lo esencial, que " no se puede aplicar la medida resolutoria del ... art. 50 en su número 2, por cuanto no se puede resolver lo que ya no existe, así como exige que la relación laboral esté viva, no pudiendo prosperar la pretensión resolutoria en este caso al apreciar que la relación laboral se había extinguido previamente, ya que el carácter constitutivo de la acción de resolución exige que la relación laboral se mantenga viva y vigente al dictarse la Sentencia, pues se trata de acción de obligado ejercicio ante los Tribunales para que aprecien la existencia de causa justa para la resolución, con la única excepción de que el actor viera en peligro -de seguir acudiendo al trabajo- derechos fundamentales por ataques a la vida, la integridad, la libertad, la dignidad o la seguridad personal">, así como que " no cabe acceder a la pretensión resolutoria ejercitada, toda vez que el actor comunicó a la empresa demandada su intención de dejar su puesto de trabajo abandonándolo de modo efectivo, y tal conducta constituye una manifestación firme, inequívoca e incontestable de extinguir por su propia voluntad la relación laboral constitutiva de dimisión extintiva, por lo que la relación laboral mantenida quedó extinguida por la voluntad unilateral del actor constitutiva de dimisión y no cabe ya la resolución judicial a su instancia de una relación laboral que ya no está ya viva ... y sin que puedan acogerse las alegaciones efectuadas pues en nada altera tal conclusión al no aparecer justificado el citado abandono por las razones que expone ni concurren los supuestos y requisitos del referido precepto adjetivo art. 79.7 de la ;Ley 36/2011nbsp;..., ni tampoco planteó ni solicitó la parte demandante la indicada medida cautelar, y, en consecuencia, la pretensión resolutoria no puede prosperar, pues está ausente el requisito de relación laboral viva dado que el vínculo laboral dejó de existir incluso con anterioridad a la presentación de la demanda y a la celebración del juicio y con mayor motivo en el momento de la Sentencia ..., sin que se trate de un supuesto de los excepcionales que permiten y justifican la ausencia del centro de trabajo ... al no constar ... que concurran las circunstancias requeridas para ello de que viera en peligro -de seguir acudiendo al trabajo- derechos fundamentales por ataques a la vida, la integridad, la libertad, la dignidad o la seguridad personal...">.
Voces
Papeleta de conciliación
Puesto de trabajo
Contrato de Trabajo
Reclamación de cantidad
Centro de trabajo
Pago del salario
Pagas extraordinarias
Salarios adeudados
Acto de conciliación
Burofax
Reserva de puesto de trabajo
Extinción del contrato de trabajo
Voluntad unilateral
Abandono del puesto de trabajo
Perjuicios patrimoniales
Condiciones de trabajo
Encabezamiento
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA
Avda. Manuel Agustín Heredia nº 16
N.I.G.: 2906744S20130002556
Negociado: PC
Recurso: Recursos de Suplicación …
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