Sentencia Social Nº 9/2008, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Re... 25 de Enero de 2008
Sentencia Social Nº 9/200...ro de 2008

Última revisión
25/01/2008

Sentencia Social Nº 9/2008, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 195/2007 de 25 de Enero de 2008

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Orden: Social

Fecha: 25 de Enero de 2008

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: DE NO ALONSO-MISOL, ENRIQUE FELIX

Nº de sentencia: 9/2008

Nº de recurso: 195/2007

Núm. Cendoj: 28079240012008100009

Resumen
Se desestima la demanda interpuesta ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional contra AENA en materia de coflicto colectivo. Existe una regulación completa de permisos y vacaciones en el convenio colectivo de AENA y otra, también completa en el estatuto básico del empleado público. La superposición simultánea de dos fuentes de derecho, en orden a determinar si la previsión del EBEP debe incrementar los permisos ya pactados en el convenio, se resuelve en razón de aplicabilidad del principio de norma más favorable apreciada en su conjunto, sin posibilidad de espigueos, y en cómputo anual, respecto de los conceptos cuantificables. Aplicando el convenio de AENA las vacaciones y permisos del trabajador alcanzan los 35 días y si se aplica el EBPE el trabajador alcanzaría 33. Al haberse incluído en el convenio de AENA los descansos por conciliación familiar, solamente en una edad muy avanzada , de pura ancianidad, podría inferirse la posibilidad de que el convenio colectivo fuera menos favorable.

Voces

Vacaciones

Convenio colectivo

Indivisibilidad

Conciliación de la vida personal, familiar y laboral

Trienio