Sentencia Social Nº 956/2016, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Re...de Noviembre de 2016
Sentencia Social Nº 956/2...re de 2016

Última revisión
29/11/2023

Sentencia Social Nº 956/2016, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3757/2014 de 16 de Noviembre de 2016

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Orden: Social

Fecha: 16 de Noviembre de 2016

Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Social

Ponente: MORALO GALLEGO, SEBASTIAN

Nº de sentencia: 956/2016

Nº de recurso: 3757/2014

Núm. Cendoj: 28079140012016100911

Núm. Ecli: ES:TS:2016:5348

Núm. Roj: STS 5348:2016

Resumen
DELEGADOS DE PREVENCIÓN Y CREDITO HORARIO. En aplicación del artículo 37.1 LPRL, la garantía de crédito horario del art. 68. Letra e) ET es extensible a los Delegados de prevención que no ostentan la condición de representantes legales de los trabajadores. Delegados de prevención designados conforme al Convenio Colectivo de AENA, que se acoge a la opción que habilita el art. 35.4 LPRL y admite la posibilidad de nombrar como delegado de prevención a un trabajador que no es miembro del comité de empresa.

Voces

Delegados de prevención

Crédito horario

Representación de los trabajadores

Prevención de riesgos laborales

Convenio colectivo

Libertad sindical

Comité de empresa

Delegado de personal

Representación unitaria

Centro de trabajo

Sindicatos

Pago de la indemnización

Servicios de prevención

Reconocimiento de crédito

Protección del trabajador

Inspección de trabajo y Seguridad Social

Puesto de trabajo

Delegado sindical

Sigilo profesional

Riesgos laborales

Derecho a la libertad sindical

Derechos de los trabajadores

Jornada ordinaria

Contraprestación

Legitimación activa

Prioridad de permanencia en la empresa

Tutela de la libertad sindical

Horario laboral

Horas de trabajo efectivo

Expediente contradictorio