Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 107/2003 de 22 de Octubre de 2003
Última revisión
Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 107/2003 de 22 de Octubre de 2003
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 22 de Octubre de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: FUENTES LOPEZ, VICTOR
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 107/2003
Núm. Cendoj: 28079140002003100759
Resumen
La doctrina de esta Sala tiene establecido que el contrato de obra y servicio determinado en función de la contrata tendría la duración la de esta última. En atención a lo anterior, la Sala estima recurso interpuesto por empresa y revoca sentencia de instancia que declaró improcedente el despido de trabajador actor, ya que, al decretarse el fin de la contrata por la empresa cliente, era ajustada al mandato del art. 49. 1.c) del Estatuto de los Trabajadores la extinción del contrato de trabajo concertado precisamente para la realización del servicio a que aquella se refería. Añade la sentencia que, existe una necesidad de trabajo temporalmente limitada para la empresa y objetivamente definida y ésa es una limitación conocida por las partes en el momento de contratar y que opera, por tanto, como un límite temporal previsible, en la medida en que el servicio se presta por encargo de un tercero y mientras se mantenga éste. Por tanto, en este sentido no cabe argumentar que la realización de este tipo de trabajos constituye la actividad normal de la empresa.
Voces
Contratos de obras
Despido nulo
Despido improcedente
Inadmision del recurso de casación
Período de prueba
Sucesión de contratos temporales
Extinción del contrato de trabajo
Contrato de Trabajo
Convenio colectivo
Anulación de la sentencia
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