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Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 1117/1992 de 25 de Noviembre de 1993
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 25 de Noviembre de 1993
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: FUENTES LOPEZ, VICTOR
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079140001993100696
Resumen
El TS estima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por el INSS. Manifiesta la Sala que en el presente caso en el que la empresa, también demandada, tenía concertada la protección de los accidentes de trabajo en la Mutua demandante y estaba en descubierto en el pago de las primas, la imputación de responsabilidad directa al empresario no supone en modo alguno que la Mutua queda absolutamente libre de toda responsabilidad, por cuanto el principio de automaticidad de la prestación, la obliga, según dicho art. 96 n.º 3 al anticipo de la prestación a los beneficiarios, a lo que se añade la subrogación de la Mutua en los derechos de los mismos, por lo que puede repetir contra la empresa directamente responsable y en su caso contra el Fondo de Garantía de Accidentes de Trabajo cuyas competencias han asumido el INSS y la TGSS.
Voces
Accidente laboral
Responsabilidad
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Pago de primas de seguro
Tesorería General de la Seguridad Social
Automaticidad de las prestaciones
Subrogación
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veinticinco de Noviembre de mil novecientos noventa y tres.
Vistos los presentes autos pendientes, ante esta Sala, en virtud del recurso de Casación …
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