Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 1419/2002 de 18 de Febrero de 2003
Sentencia Social Nº S/S, ...ro de 2003

Última revisión
18/02/2003

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 1419/2002 de 18 de Febrero de 2003

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Orden: Social

Fecha: 18 de Febrero de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GARCIA SANCHEZ, JUAN FRANCISCO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 1419/2002

Núm. Cendoj: 28079140002003100124

Resumen
La cuestión debatida estriba en decidir si los intereses a los que se refería el art. 921 de la ley procesal civil, deben comenzar a contarse a partir de los tres meses siguientes a la notificación de la sentencia de primer grado que generó los mismos, aun cuando dicha sentencia fuera condenatoria únicamente respecto de la Mutualidad de la Previsión; o si el "dies a quo" debe fijarse en los tres meses siguientes a la fecha de notificación al ente gestor de la resolución por la que se acuerde requerir a éste para el pago, como consecuencia de haberse integrado aquella Mutualidad en el correspondiente Fondo Especial del mencionado Instituto. Recoge la sentencia que habrá de computarse en relación con la fecha de la sentencia de primer grado de la que tales intereses se deriven, sean cuales fueren las vicisitudes.

Voces

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Dies a quo

Notificación de la sentencia

Interés legal del dinero

Cantidad líquida

Entidades Gestoras de la Seguridad Social

Ejecución de sentencia

Sentencia firme

Requerimiento para el pago

Huelga

Intereses legales

Accidente laboral

Intereses de demora

Constitucionalidad

Derecho de crédito

Sucesión procesal

Ope legis

Beneficio de justicia gratuita