Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 1439/1993 de 19 de Octubre de 1994
Última revisión
Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 1439/1993 de 19 de Octubre de 1994
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 19 de Octubre de 1994
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: ALVAREZ CRUZ, ENRIQUE
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 1439/1993
Núm. Cendoj: 28079140001994100101
Resumen
El TS estima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por el recurrente. Manifiesta la Sala que en la sentencia de contraste se analiza el apartado f) del n.º 2 del art. 60 del Decreto de 22 de junio de 1956, que aprobó el Reglamento para la aplicación del TR de la legislación de Accidentes de Trabajo en relación con el art. 3.1 del CC, y paladinamente se declara que la norma cuestionada es clara y terminante al determinar como multiplicador 290, de suerte que no suscita duda alguna en cuanto a su alcance. Se añade que dicha norma no contiene tampoco motivación ninguna acreditativa de que tal cifra coincida con el número de jornadas máximas de trabajo previstas por la normativa laboral cuando fue promulgada. Y se concluye que la cifra de 273 no se acomoda a las previsiones de los arts. 37 y 38 del ET y que, si pese al tiempo transcurrido desde la vigencia de éstos en su actual redacción, se ha mantenido inalterada la del apartado f) del número 2 del artículo 60 del mencionado Decreto, los principios de legalidad y de seguridad jurídica obligan a que el juzgador haya de estar a lo que de dicha norma resulta.
Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Accidente laboral
Baja médica
Régimen General de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
Enfermedad profesional
Grado de incapacidad
Incapacidad permanente absoluta
Componentes salariales/no salariales
Días hábiles
Calendario laboral
Base reguladora incapacidad permanente
Equidad
Jornada máxima
Seguridad jurídica
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