Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 1736/1993 de 29 de Abril de 1994
Sentencia Social Nº S/S, ...il de 1994

Última revisión
29/04/1994

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 1736/1993 de 29 de Abril de 1994

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Orden: Social

Fecha: 29 de Abril de 1994

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: FERNANDEZ LOPEZ, ARTURO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 1736/1993

Núm. Cendoj: 28079140001994100419

Resumen
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por el recurrente. Manifiesta la Sala que la tesis del recurrente es inaceptable porque el art- 182,3 de la LPL en relación con el art. 785 de la LEC al que se remite establece de un modo imperativo que "el plazo para solicitar la audiencia será de tres meses desde la publicación de la sentencia en el Boletín Oficial correspondiente"; fijando así de un modo indubitado el "dies a quo" de dicho plazo; y es que precisamente a partir de ese momento es cuando el condenado pudo anunciar el recurso de suplicación en el plazo de cinco días e interponerlo en el plazo de diez días amparándose en la causa prevista en el artículo 190,a) de la LPL; adquiriendo firmeza la sentencia si hubiere dejado transcurrir dicho plazo sin anunciarlo; todo ello se desprende de lo prevenido en el artículo 792 en relación con el 791 de la LEC; por lo que en definitiva el demandante de audiencia la solicitó cuando todavía la sentencia de instancia no era firme, carácter inexcusable para que proceda el presente proceso; y en todo caso, si conoció con anterioridad la sentencia de instancia, lo procedente era interponer contra ella el correspondiente recurso de suplicación, pero no acudir a este remedio extraordinario.

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