Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 2005/1992 de 27 de Octubre de 1993
Última revisión
Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 2005/1992 de 27 de Octubre de 1993
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 27 de Octubre de 1993
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: CAMPOS ALONSO, MIGUEL ANGEL
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 2005/1992
Núm. Cendoj: 28079140001993100693
Resumen
El TS estima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la entidad recurrente. Manifiesta la Sala que cuando una vacante es de nueva creación, la plaza no se crea con la adjudicación de la misma al interesado, sino que se está ante momentos distintos, de suerte que la nueva plaza habrá de ofrecerse en concurso de traslado a los trabajadores que ostenten la categoría exigida. En el presente caso la RENFE no ha convocado concurso de traslado y no ha resuelto tampoco la convocatoria de ascenso. Lo que se pide en la demanda es que se declare la obligación de RENFE de dar cumplimiento a la convocatoria de ascenso y pase, que es lo que estima la sentencia recurrida. Como en ella se dice, RENFE está obligada a cubrir, en régimen de ascenso y pase, las plazas de Ayudante Ferroviario previstas; pero debe cumplir asimismo su deber de ofrecerlas previamente en concurso de traslado a los que ostentan esa categoría.
Voces
Ascenso
Convenio colectivo
Litisconsorcio pasivo necesario
Proceso de conflicto colectivo
Comité de empresa
Sindicatos
Acta de conciliación
Falta de litisconsorcio pasivo necesario
Sentencia firme
Conflicto colectivo laboral
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