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Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3128/1992 de 18 de Noviembre de 1993
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Orden: Social
Fecha: 18 de Noviembre de 1993
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: DESDENTADO BONETE, AURELIO
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079140001993100622
Resumen
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por la Federación sindical recurrente. Manifiesta la Sala que no hay ningún trato diferente para el personal inicial del INSERSO, pues ese personal continua percibiendo las 33.000 ptas. como complemento personal, aunque durante la vigencia del convenio anterior hubiere realizado comidas en el régimen previsto en la disposición adicional 2ª del Convenio. En cuanto al personal procedente del Instituto Nacional de Asistencia Social la eliminación de la manutención regulada en la disposición adicional 3ª del III Convenio se produce por las mismas razones vinculadas a la sucesión de los convenios colectivos en el tiempo. Podría existir aquí una diferencia de trato entre unos trabajadores y otros pero la Sala no podría apreciar por ello la existencia de una vulneración del art. 14 de la Constitución por el convenio en la medida en que este precepto vincula a la negociación colectiva con las matizaciones que ha establecido la doctrina del TC.
Voces
Complemento ad personam
Convenio colectivo
Salario en metálico
Proceso de conflicto colectivo
Sindicatos
Negociación colectiva
Contraprestación económica
Complementos salariales
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a dieciocho de Noviembre de mil novecientos noventa y tres.
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud del recurso de casación …
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