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Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3313/1992 de 25 de Octubre de 1993
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 25 de Octubre de 1993
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SAMPEDRO CORRAL, MARIANO
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079140001993100668
Resumen
El TS desestima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por el INSS. Manifiesta la Sala que la regla que contiene en la Disposición Adicional 10ª 2. De la Ley 30/1981, -sobre repartimiento de la pensión de viudedad de modo proporcional al tiempo de convivencia, entre el cónyuge sobreviviente y "los que hubieran vivido como tal", siempre que los unidos de hecho no hubieran podido contraer matrimonio por impedirlo la legislación vigente y el causante hubiera fallecido con anterioridad a la vigencia de la ley- avalan la tesis de que la misma solución ha de darse el curso que nos ocupa pues "resultaría arbitrario que el acceso a la pensión de viudedad de un cónyuge separado se hiciera depender de que el causante hubiera o no convivido maritalmente con otra persona después de la separación conyugal".
Voces
Pensión de viudedad
Pensión de viudedad SOVI
Seguro de vejez e invalidez (SOVI)
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Derecho adquirido
Seguridad jurídica
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veinticinco de Octubre de mil novecientos noventa y tres.
Vistos los presentes autos, pendientes antes esta Sala en virtud de recurso de casación para …
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