Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3497/1993 de 03 de Noviembre de 1994
Sentencia Social Nº S/S, ...re de 1994

Última revisión
03/11/1994

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3497/1993 de 03 de Noviembre de 1994

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Orden: Social

Fecha: 03 de Noviembre de 1994

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: DE LAS CUEVAS GONZALEZ, FELIX

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 3497/1993

Núm. Cendoj: 28079140001994100402

Resumen
El TS desestima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por el INEM. Manifiesta la Sala que del art. 8.1 de la Ley 31/1980 de 2 de agosto se desprende que solamente se ha de computar el tiempo en que se ha trabajado y cotizado simultáneamente. Resulta manifiesto, que lo que se tiene en cuenta para la determinación del período de duración, son los días trabajados, independientemente de la duración de la jornada, porque la relación existente es la que se produce entre trabajo y cotización, para los efectos de fijar el tiempo o período de duración de la prestación contributiva de desempleo; el mismo artículo 12.2 y 3 del ET, atiende al tiempo trabajado y cotizado, incrementado con el correspondiente al tiempo de descanso, conforme se ha realizado por el INEM en el caso objeto del proceso. Nada autoriza, a que en este supuesto en que la actora trabajó 3 días a la semana durante el tiempo que se indica en los hechos probados y cuyas cotizaciones, aún cuando reflejadas mensualmente correspondían a dichos días efectivamente trabajados, se incremente el período de duración de la prestación a mayor tiempo del que resulta al número de días trabajados y cotizados; no encuentra justificación el período computado en la instancia y mantenido en la sentencia recurrida.

Voces

Prestaciones contributivas

Desempleo

Prestación por desempleo

Contrato a tiempo parcial

Objeto del proceso

Beneficiario de la prestación