Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3805/1992 de 11 de Octubre de 1993
Sentencia Social Nº S/S, ...re de 1993

Última revisión
11/10/1993

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3805/1992 de 11 de Octubre de 1993

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Orden: Social

Fecha: 11 de Octubre de 1993

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: LINARES LORENTE, JUAN ANTONIO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 3805/1992

Núm. Cendoj: 28079140001993100587

Resumen
El TS estima el recurso de casación interpuesto contra sentencia dictada en autos promovidos sobre despido. El Juzgado de lo Social declaró improcedente el despido. El TSJ reserva a la empresa la facultad de sancionar la falta, declarando asimismo el despido improcedente. Si la sanción impuesta coincide con la descripción de las muy graves habrá de declarar que la calificación empresarial es adecuada y no debe rectificar la sanción impuesta pues, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 E.T., corresponde al empresario la facultad de imponer la sanción que estime apropiada, dentro del margen que establezca la norma reguladora del régimen de faltas y sanciones. Si el Juez impone sanción distinta está realizando un juicio de valor que descalifica, mas que el acto del empresario, el cuadro normativo sancionador.

Voces

Despido improcedente

Despido nulo

Carta de despido

Responsabilidad

Readmisión del trabajador

Despido procedente

Convenio colectivo

Incumplimiento grave y culpable del trabajador

Contrato de Trabajo

Despido del trabajador

Relaciones de trabajo