Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3805/1992 de 11 de Octubre de 1993
Última revisión
Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3805/1992 de 11 de Octubre de 1993
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 11 de Octubre de 1993
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: LINARES LORENTE, JUAN ANTONIO
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 3805/1992
Núm. Cendoj: 28079140001993100587
Resumen
El TS estima el recurso de casación interpuesto contra sentencia dictada en autos promovidos sobre despido. El Juzgado de lo Social declaró improcedente el despido. El TSJ reserva a la empresa la facultad de sancionar la falta, declarando asimismo el despido improcedente. Si la sanción impuesta coincide con la descripción de las muy graves habrá de declarar que la calificación empresarial es adecuada y no debe rectificar la sanción impuesta pues, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 E.T., corresponde al empresario la facultad de imponer la sanción que estime apropiada, dentro del margen que establezca la norma reguladora del régimen de faltas y sanciones. Si el Juez impone sanción distinta está realizando un juicio de valor que descalifica, mas que el acto del empresario, el cuadro normativo sancionador.
Voces
Despido improcedente
Despido nulo
Carta de despido
Responsabilidad
Readmisión del trabajador
Despido procedente
Convenio colectivo
Incumplimiento grave y culpable del trabajador
Contrato de Trabajo
Despido del trabajador
Relaciones de trabajo
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