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Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3830/1992 de 15 de Diciembre de 1993
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 15 de Diciembre de 1993
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SAMPEDRO CORRAL, MARIANO
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079140001993100764
Resumen
El TS estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por los recurrentes. Manifiesta la Sala que de conformidad con el art. 2.1 de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, sobre reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública en relación con la Disposición Final de la propia ley, nuevamente redactada por Ley 28/80, de 10 de junio, la jurisprudencia ha determinado que la valoración de los trienios debe referirse al 1de agosto de 1982, toda vez que si en ella se inicia la vigencia de la Ley que reconoce el derecho a su percepción, es a partir de entonces y no antes (ni después) cuando empieza a devengarse el beneficio y en consecuencia la retribución que ha de tenerse en cuenta es la que en ese momento corresponde al beneficiario y no otra.
Voces
Trienio
Partes del proceso
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a quince de Diciembre de mil novecientos noventa y tres.
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud de recurso de casación para …
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