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Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3923/1992 de 20 de Diciembre de 1993
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 20 de Diciembre de 1993
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: ALVAREZ CRUZ, ENRIQUE
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079140001993100757
Resumen
El TS estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el recurrente. Manifiesta la Sala que cuando las cargas familiares hayan sido tenidas en cuenta para reconocer el subsidio de desempleo a uno de los miembros de la unidad familiar, no podrá ser alegada dicha circunstancia para el reconocimiento del derecho a otro miembro de la misma. Pero esto, que fue precisamente lo aducido por el INEM para negar la prestación, no puede ser obstáculo en el presente caso, pues si el actor no puede alegar como carga familiar a la hija que ya fue tenida en cuenta al ser reconocido el subsidio a la otra, sí puede alegar a su esposa, ya que el salario que la misma percibe es inferior al salario mínimo interprofesional para 1991 (53.250 pesetas), y asimismo es inferior a éste la renta mensual del conjunto de la unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen, al ser el subsidio de la hija el 75% de ese salario mínimo, por lo que tampoco se supera el tope establecido en el artículo 18.1 del RD 625/1985.
Voces
Desempleo
Salario mínimo interprofesional
Prorrateo de las pagas extraordinarias
Prestaciones contributivas
Responsabilidad
Prestación por desempleo
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veinte de Diciembre de mil novecientos noventa y tres.
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud de recurso de casación para la …
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