Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3969/2002 de 24 de Septiembre de 2003
Última revisión
Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3969/2002 de 24 de Septiembre de 2003
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 24 de Septiembre de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SAMPER JUAN, JOAQUIN
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 3969/2002
Núm. Cendoj: 28079140002003100462
Resumen
La cuestión que plantea el presente recurso para su unificación, consiste en determinar la cuantía de los intereses que debe satisfacer el Servicio Andaluz de Salud por su demora en el pago de las cantidades a cuyo abono ha sido condenado en sentencia. De acuerdo con la doctrina unificada de esta Sala, el Servicio Andaluz de Salud está exento del citado incremento (de dos puntos sobre el interés legal del dinero) tanto en su condición de Entidad Gestora de la Seguridad Social, como en la de organismo integrado en la Hacienda Publica andaluza, por ello la Sala estima el recurso interpuesto por el SAS y declara que el tipo de interés que dicho Servicio debe abonar por la demora en satisfacer las cantidades a las que fue condenado, es el legal del dinero sin incremento alguno.
Voces
Intereses de demora
Entidades Gestoras de la Seguridad Social
Cuestiones de fondo
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Interés de la mora procesal
Tipo de interés
Interés legal del dinero
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