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Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 533/1994 de 08 de Noviembre de 1994
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 08 de Noviembre de 1994
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: LINARES LORENTE, JUAN ANTONIO
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079140001994100333
Resumen
El TS estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por los recurrentes. Manifiesta la Sala que el Notario demandado no se ha apartado de lo dispuesto en el Convenio Colectivo al contratar directamente a tres empleados que se encontraban inscritos en el Censo, pues al no haber acudido a la Comisión Auxiliar en búsqueda de empleados ajenos, no surge la preferencia de los cesantes en la Notaria cuyo protocolo ha sucedido. No se debe admitir que, al contratar a tres empleados que habían cesado días antes de pertenecer a la plantilla del Notario con quien se asoció, se haya producido una reestructuración de plantilla encubierta pues, de un lado, no puede referirse a reducción de personal de la oficina del asociado, quien no es parte en este litigio y no se ventila el número de
empleados que este tenga y, de otra parte, respecto de la plantilla del predecesor, se ha de tener en cuenta que es reiterada la jurisprudencia que entiende que no existe subrogación empresarial del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores entre el nuevo y anterior titular de una Notaria, por lo que el demandado no estaba vinculado con el personal de su antecesor y mal podía reducir una plantilla que no le correspondía.
Voces
Convenio colectivo
Contrato de Trabajo
Contratación laboral
Subrogación empresarial
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a ocho de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud del recurso de casación para …
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