Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 342...e 04 de Mayo de 2005
Sentencia Social Nº S/S, ...yo de 2005

Última revisión
04/05/2005

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3426/2004 de 04 de Mayo de 2005

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Orden: Social

Fecha: 04 de Mayo de 2005

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: IGLESIAS CABERO, MANUEL

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 3426/2004

Núm. Cendoj: 28079140012005100909

Núm. Ecli: ES:TS:2005:2825

Resumen
En lo que concierne a la prestación de incapacidad temporal de los trabajadores por cuenta ajena, la jurisprudencia de unificación de doctrina (de la que son muestra las sentencias de 17 de julio de 1998, 16 de enero de 2002, 24 de mayo de 2002) ha declarado que este requisito (estar al corriente) debe regir todos los supuestos de descubiertos de cuotas en el momento del hecho causante, incluso cuando se hayan abonado luego, e incluso cuando la cotización pendiente se limite a un solo mes, salvo que concurran circunstancias excepcionales, como que la omisión se haya debido a error bancario y no a la conducta del asegurado. En base a lo anterior, el Tribunal de casación estima el recurso interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Voces

Incapacidad temporal

Régimen Especial Agrario

Accidente no laboral

Prestación económica

Baja médica

Trabajador por cuenta ajena

Prestación de incapacidad temporal

Pago extemporáneo