Sentencia Social Nº S/S, ...io de 2003

Última revisión
02/06/2003

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3738/2002 de 02 de Junio de 2003

Tiempo de lectura: 29 min

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 02 de Junio de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: FUENTES LOPEZ, VICTOR

Nº de sentencia: S/S

Núm. Cendoj: 28079140012003100829

Resumen
La cuestión debatida en este recurso interpuesto por los actores trabajadores eventuales, que prestan servicios para el Ente Publico de Correos y Telégrafos, contra la sentencia que estimó el recurso de Correos y Telégrafos revocando la sentencia de instancia, que había estimado la demanda de aquellos reconociéndoles el derecho a percibir, en igualdad de condiciones que el personal fijo o funcionario, una cantidad en concepto de paga de resultados, cuya cuantía se fijaba en proporción a los días trabajados a lo largo de los años 1.999 y 2.000, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo Marco para la mejora de las condiciones profesionales del personal de la entidad pública empresarial Correos y Telégrafos suscrito el 26 de noviembre de 1.998, es la existencia o no de trato desigual respecto al personal fijo, proscrita constitucionalmente. Recoge la sentencia que, la temporalidad no puede ser causa de exclusión de dicha paga; tampoco el que en el Acuerdo no se comprenda expresamente al personal laboral temporal, justifica su exclusión de este personal, pues va contra el principio de igualdad de trato, aunque no suponga discriminación; tampoco puede aceptarse la tesis del Abogado del Estado justificando el distinto trato a una y otro personal en atención a la estabilidad y permanencia del personal fijo, lo que no sucede en el eventual; pues aparte de que esto no se deriva del texto del Acuerdo Marco, el objetivo de la paga de resultados, es idéntico en uno y otro personal, contribuyendo, en igual medida uno y otro, a conseguir el fin propuesto, en proporción, eso sí, a los días trabajados, tal y como se reclama en la demanda. Por todo ello estima el Tribunal que, en el caso de autos no existen, ninguna causa de las expuestas ni objetivas que justifiquen el distinto trato a uno y otro personal.

Voces

Principio de igualdad

Trabajador temporal

Trabajador eventual

Igualdad ante la ley

Condiciones de trabajo

Minusvalía

Afiliación sindical

Sindicatos

Componentes salariales/no salariales

Plus de antigüedad

Trabajador fijo

Contrato indefinido

Derechos de los trabajadores

Contratos de trabajo formativos

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dos de Junio de dos mil tres.

Vistos los presentes autos pendientes, ante esta Sala, en virtud del recurso de Casación para la Unificación de …

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