Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 545... 30 de Marzo de 1995
Sentencia Social Nº S/S, ...zo de 1995

Última revisión
30/03/1995

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 545/1994 de 30 de Marzo de 1995

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Orden: Social

Fecha: 30 de Marzo de 1995

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: FERNANDEZ LOPEZ, ARTURO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 545/1994

Núm. Cendoj: 28079140011995100233

Núm. Ecli: ES:TS:1995:7647

Resumen
El TS confirma la improcedencia de pretensión instada en el proceso por Sindicato actor, tendente a que "se reconozca el derecho de todos los trabajadores de la Empresa CENTROS COMERCIALES PRYCA, S.A., a que conste reflejado en su recibo de salarios además del grupo profesional a que cada uno pertenece, el puesto de trabajo que desempeña, con la categoría profesional correspondiente", al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Basa la Sala su pronunciamiento, entre otros motivos, en que, es claro que el sistema de clasificación profesional que sigue el Convenio Colectivo del Sector no es el de categorías profesionales, sino el de grupos profesionales, concepto definido en el artículo 39-2 del Estatuto de los Trabajadores modelo que la Disposición Transitoria Segunda del texto legal permite expresamente que se establezca a través de convenio colectivo, que es lo sucedido en el presente caso, máxime cuando tal Convenio fue suscrito por el Sindicato accionante.

Voces

Grupo profesional

Categoría profesional

Sindicatos

Puesto de trabajo

Clasificación profesional

Recibo de salarios

Pago del salario

Convenio colectivo

Conflicto colectivo laboral

Autoridad laboral

Convenio colectivo de Grandes almacenes

Comisión Paritaria

Derecho al trabajo

Libertad de elección de profesión

Contrato de Trabajo

Negociación colectiva

Movilidad funcional